Decreto-ley del presidente del Reich para la protección de la nación y el Estado. Del 28 de febrero de 1933.

"A tenor del artículo 48, párrafo segundo de la Constitución del Reich, y con objeto de impedir los actos de violencia comunistas que ponen en peligro la existencia del Estado, se decreta con carácter de ley lo siguiente:
.
1. Quedan derogados hasta nueva orden los artículos 114, 115, 117, 118, 123, 124 y 153 de la Constitución alemana. Por consiguiente, se puede coartar la libertad personal, el derecho de libre expresión del pensamiento, incluida la libertad de prensa, de reunión y asociación: intervenir las comunicaciones postales, telegráficas y telefónicas; disponer registros domiciliarios y confiscaciones, así como limitaciones de la propiedad, también más allá de los límites fijados en estos artículos. (...)"

0 comentarios:

Publicar un comentario